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MARCO
LEGAL
La Dirección
de Gestión Ambiental fundamenta sus tareas bajo un concepto
integral de uso, protección y conservación de los recursos
naturales renovables, agro productivos y socioeconómicos.
Cimienta su accionar al amparo de las principales normas y
principios que ordenan las actividades del Estado y de los
habitantes del país, haciendo referencia a la Constitución
Política de la República, a la Legislación propia del sector
agropecuario, a las leyes y reglamentos de tipo ambiental
y a las leyes que contienen disposiciones que inciden en la
gestión ambiental del sector.
La Constitución
Política de la República del Ecuador, en la Sección segunda
del medio ambiente Artículo 86.- en la parte pertinente dice:
El Estado protegerá el derecho de la población a vivir en
un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice
un desarrollo sustentable. Velará para que este derecho no
sea afectado y garantizará la preservación de la naturaleza.
Se declara
de interés público y se regulará conforme a la Ley:
1.
La preservación del medio ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético del país.
2.
La prevención de la contaminación ambiental, la recuperación
de los espacios naturales degradados, el manejo sustentable
de los de los recursos naturales y los requisitos que para
estos fines deberán cumplir las actividades públicas y privadas.
Ley
de Gestión Ambiental, como ente regulador de las políticas
ambientales generales, establecidas en el Título I, especialmente
en los Artículos 1, 2, 3 y Art. 5.-
Se establece
el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental como un mecanismo
de coordinación transectorial, interacción y cooperación entre
los distintos ámbitos, sistemas y subsistemas de manejo ambiental
y de gestión de recursos naturales.
Leyes
de Sanidad Animal, Vegetal y Semillas, que determinan
principios y normas ambientales en la ejecución de sus actividades
relacionadas.
Ley
de Desarrollo Agrario, que establece explícitamente dentro
de los propósitos, la protección integral y el manejo sustentable
del medio ambiente y, dentro de los objetivos, la presente
Ley tiene por objeto el fomento, desarrollo y protección integrales
del sector agrario que garantice la alimentación de todos
los ecuatorianos e incremente la exportación de excedentes,
en el marco de un manejo sustentable de los recursos naturales
y del ecosistema.
Proyecto
de Decreto Ejecutivo de Agrobioseguridad
Proyecto
de Manual Operativo de Agrobioseguridad para Organismos
Genéticamente Modificados
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