DGA
DIRECCION DE GESTION AMBIENTAL

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

 

MARCO LEGAL

 

La Dirección de Gestión Ambiental fundamenta sus tareas bajo un concepto integral de uso, protección y conservación de los recursos naturales renovables, agro productivos y socioeconómicos. Cimienta su accionar al amparo de las principales normas y principios que ordenan las actividades del Estado y de los habitantes del país, haciendo referencia a la Constitución Política de la República, a la Legislación propia del sector agropecuario, a las leyes y reglamentos de tipo ambiental y a las leyes que contienen disposiciones que inciden en la gestión ambiental del sector.    

La Constitución Política de la República del Ecuador, en la Sección segunda del medio ambiente Artículo 86.- en la parte pertinente dice: El Estado protegerá el derecho de la población a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo sustentable. Velará para que este derecho no sea afectado y garantizará la preservación de la naturaleza.

Se declara de interés público y se regulará conforme a la Ley:

1.      La preservación del medio ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país.

2.      La prevención de la contaminación ambiental, la recuperación de los espacios naturales degradados, el manejo sustentable de los de los recursos naturales y los requisitos que para estos fines deberán cumplir las actividades públicas y privadas.

Ley de Gestión Ambiental, como ente regulador de las políticas ambientales generales, establecidas en el Título I, especialmente en los Artículos 1, 2, 3 y Art. 5.-

Se establece el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental como un mecanismo de coordinación transectorial, interacción y cooperación entre los distintos ámbitos, sistemas y subsistemas de manejo ambiental y de gestión de recursos naturales.

Leyes de Sanidad Animal, Vegetal y Semillas, que determinan  principios y normas ambientales en la ejecución de sus actividades relacionadas. 

Ley de Desarrollo Agrario, que establece explícitamente dentro de los propósitos, la protección integral y el manejo sustentable del medio ambiente y, dentro de los objetivos, la presente Ley tiene por objeto el fomento, desarrollo y protección integrales del sector agrario que garantice la alimentación de todos los ecuatorianos e incremente la exportación de excedentes, en el marco de un manejo sustentable de los recursos naturales y del ecosistema.   

Proyecto de Decreto Ejecutivo de Agrobioseguridad

Proyecto de Manual Operativo de Agrobioseguridad para Organismos Genéticamente Modificados

 

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